domingo, 20 de noviembre de 2011

MALA PRAXIS MEDICA: CÓMO INICIAR EL RECLAMO.-

Frente a la sospecha de una mala actuación médica lo primero que se debe hacer es tener la seguridad de que existió mala praxis. De esta manera, como primer paso, deberé pedir la Historia Clínica donde la atendieron.

Según el criterio del Sanatorio u Hospital requerirán que el pedido de la misma se efectúe por escrito, y a veces firmado por medico o abogado, y podrán demorar de una semana a 40 días para entregarla, principalmente porque en estos casos al pedir Fotocopia Certificada (es decir que este sellada cada hoja por el medico o director medico del lugar, y además llevar su firma) hace que a veces se justifique la demora, amen de que cada Historia es revisada antes de ser entregada, en mucho de los casos por el Auditor de la institución y a veces hasta por los abogados de la misma.

Si de esta manera no es posible, entonces el abogado pedirá su secuestro judicial, debiendo abrir un pequeño y rápido juicio que tiene por fin únicamente que el juez ordene que un Oficial de la justicia se apersone a la institución a requerirla por la fuerza publica si es necesario.

Con la Historia clínica en mano debemos hacer verla por un Médico Legista (es decir medico preparado en Medicina legal, quien puede merituar en porcentaje la incapacidad que le quedó a la paciente, a la vez que elaborara un informe conciente y completo sobre la existencia de negligencia medica, la viabilidad del reclamo y la prueba que existe para demostrarlo. (costo aproximado del mismo $ 200).

Es interesante recordar que cualquier reclamo de este tipo solo tendrá sentido llevarlo adelante si ha existido daño para la paciente, no solo si hubo negligencia, ya que lo que se reparará será el daño no el mal actuar del medico, si esa negligencia existió y perjudicó en mas o en menos a la paciente, ya sea de forma definitiva o no, absoluta o parcialmente, entonces habrá indemnización, sino no.- Recordemos que la prescripción es de 10 años, es decir el tiempo para reclamar por una presunta mala praxis, es de 10 años como paciente, y si voy como heredero de quien la sufriera (por Ej. Mi padre fallecido) entonces serán 2 años.

Si desea consultar este tema en particular, o desea ser representado legalmente, comuniquese con nosotros o envienos un email a estudiobarreraasociados@gmail.com.




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